jueves, 6 de agosto de 2009

Importante creación del Consejo Nacional de Educación Ambiental para la Sustentabilidad en México



DOF: 22/07/2009

ACUERDO por el que se crea el Consejo Nacional de Educación Ambiental para la Sustentabilidad, como órgano de consulta de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
JUAN RAFAEL ELVIRA QUESADA, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 32 Bis, fracciones I, XVII y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 157 y 159 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 1 y 5 fracciones I, XVII y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece que será factible por medio de la participación informada y consciente de todos los sectores de la sociedad mexicana, desde sus distintos ámbitos de responsabilidad, y con una visión clara de la complejidad de los problemas ambientales, así como de las alternativas y herramientas disponibles para resolverlos, el lograr el tránsito hacia el modelo de desarrollo humano sustentable con el que la Nación se encuentra comprometida;
Que el mismo Plan Nacional de Desarrollo, en el Eje 4. Sustentabilidad Ambiental, señala que la problemática ambiental requiere de realizar acciones a escala nacional, que transciendan las esferas de actuación de una sola dependencia o institución gubernamental, y que involucren la participación activa de la sociedad en su conjunto;
Que la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente prevé la creación de órganos de consulta en los que participen instituciones académicas y organizaciones sociales y empresariales que tengan entre sus funciones la asesoría, evaluación y seguimiento en materia de política ambiental, así como emitir las opiniones y observaciones que estimen pertinentes;
Que es necesario dar permanencia y estabilidad a la participación pública y a la consulta popular, para asegurar que la planeación y administración de la base de recursos naturales de nuestro país se realice en forma acorde con las necesidades y la realidad nacional;
Que la Estrategia de Educación Ambiental para la Sustentabilidad en México 2006-2014 reconoce la importancia de la participación social en la construcción e instrumentación de políticas públicas en materia de educación ambiental para la sustentabilidad;
Que es obligación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales hacer efectivos los derechos que en materia de participación se reconocen para los ciudadanos y de las organizaciones de la sociedad civil en las disposiciones contenidas en el orden jurídico nacional, así como el Decenio de las Naciones Unidas para la Educación con miras al Desarrollo Sostenible 2005-2012, y
Que dada la naturaleza especializada del trabajo en educación ambiental para la sustentabilidad se buscará la representación en particular de los sectores académico y social por ser éstos en los recae la construcción de dicho campo de conocimiento, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION AMBIENTAL PARA LA
SUSTENTABILIDAD, COMO ORGANO DE CONSULTA DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y
RECURSOS NATURALES
ARTICULO 1. Se crea el Consejo Nacional de Educación Ambiental para la Sustentabilidad, como órgano de consulta de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Su objeto será facilitar la participación social corresponsable y fomentar el desarrollo y consolidación de políticas públicas en materia de educación ambiental para la sustentabilidad, que favorezcan la construcción de una cultura ambiental, el mejoramiento en la calidad de vida de la población, el fortalecimiento de la ciudadanía y de las múltiples identidades culturales del país, así como la integridad de los ecosistemas y su biodiversidad.
ARTICULO 2. Para efectos del presente Acuerdo se entiende por:
I. El Consejo: el Consejo Nacional de Educación Ambiental para la Sustentabilidad;
II. La Secretaría: la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;
III. El Cecadesu: el Centro de Educación y Capacitación para el Desarrollo Sustentable, unidad administrativa de la Secretaría, y
IV. El Reglamento Interno: El Reglamento Interno del Consejo Nacional de Educación Ambiental para la Sustentabilidad.
ARTICULO 3. El Consejo estará integrado por:
I. Un presidente, que será designado por el Titular de la Secretaría entre los integrantes de una terna propuesta por el propio Consejo.
II. Un secretario técnico, que será el titular de la Coordinación General del Cecadesu.
III. Veintiún consejeros representantes de los sectores vinculados a la gestión ambiental y educativa, y conformados de la siguiente manera:
a) Diez por el sector académico;
b) Siete por Organizaciones de la sociedad civil;
c) Uno por las organizaciones de jóvenes;
d) Uno por los pueblos indígenas;
e) Uno por el sector empresarial, y
f) Un representante del Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo Sustentable.
IV. Se invitará a participar en las sesiones del Consejo a servidores públicos de la Secretaría y del sector que coordina; para ello se designará a un enlace para las siguientes instancias:
a) Unidad Coordinadora de Participación Social y Transparencia;
b) Comisión Nacional del Agua;
c) Instituto Nacional de Ecología;
d) Procuraduría Federal de Protección al Ambiente;
e) Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas;
f) Comisión Nacional Forestal;
g) Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, y
h) Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad.
V. Se convocará a participar a servidores públicos adscritos a la Secretaría de Educación Pública de los diferentes niveles y modalidades educativas, así como de otras dependencias y entidades de la administración pública federal, cuyas atribuciones estén relacionadas con las funciones del Consejo y conforme a lo dispuesto en el Reglamento Interno.
VI. Como invitado especial será llamada a participar la representación en México de la Organización de las Naciones Unidas para la Ciencia, la Educación y la Cultura (UNESCO), en su calidad de entidad responsable del Decenio de las Naciones Unidas para la Educación con miras al Desarrollo
Sostenible 2005-2014.
VII. A las sesiones del Consejo podrán acudir, invitados por el secretario técnico, organizaciones de la sociedad civil, ciudadanos en general, instituciones académicas o de investigación, así como las dependencias de la administración pública federal, los gobiernos de las entidades federativas y municipios, que tengan interés o estén involucrados en los temas a tratar conforme al orden del día que al efecto se emita.
Quienes participen en las sesiones del Consejo como invitados, tendrán derecho a voz, conforme al Reglamento Interno, pero no podrán votar.
ARTICULO 4. Las funciones del Consejo son:
I. Emitir recomendaciones a la Secretaría sobre la formulación, aplicación y evaluación de estrategias, políticas, programas, proyectos, estudios y acciones específicas en materia de educación ambiental para la sustentabilidad, tendentes a mejorar su ejecución y resultados, así como darles seguimiento, a partir de la información que proporcione la Secretaría; de los estudios que promueva el propio Consejo y de los que lleve a cabo el Cecadesu;
II. Emitir recomendaciones respecto de las disposiciones jurídicas y procedimientos en materia de educación ambiental para la sustentabilidad;
III. Vincularse y, en su caso, coordinarse con órganos consultivos y demás espacios de participación ciudadana a fin de propiciar el intercambio de experiencias;
IV. Colaborar, por conducto del Cecadesu, con la Secretaría de Educación Pública, para el fortalecimiento de la educación ambiental para la sustentabilidad en el sistema educativo nacional, particularmente en los planes y programas de estudio, los materiales didácticos y la formación docente, y
V. Promover la investigación en materia de educación ambiental para la sustentabilidad.
ARTICULO 5. Para ser Consejero se requiere:
I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos;
II. Tener experiencia en materia de educación ambiental, y
III. Tener reconocido prestigio, conocimiento y trayectoria en el campo de la educación ambiental.
Los consejeros tendrán una participación de carácter honorífico y no podrán designar suplentes.
ARTICULO 6. Los consejeros serán elegidos de acuerdo con el procedimiento que se establezca en las convocatorias que emita la Secretaría y durarán en su cargo tres años, con posibilidad de permanecer en el mismo por un periodo adicional de acuerdo con lo que determine el Reglamento Interno.
El periodo de tres años se contará a partir de la fecha de instalación del Consejo. Corresponderá a la Secretaría, por conducto del Cecadesu, realizar las convocatorias para los procesos de elección de consejeros, en los términos que se establezcan en su Reglamento Interno.
ARTICULO 7. Las atribuciones del Presidente del Consejo serán:
I. Remitir oportunamente al Pleno del Consejo la información necesaria para la previa toma de decisiones y los informes de resultados de sus gestiones;
II. Requerir oportunamente a los consejeros la información necesaria para los trabajos del Consejo;
III. Someter a la aprobación del pleno del Consejo la invitación a participar a otras Secretarías de Estado conforme a la fracción V del artículo 3 del presente Acuerdo;

IV. Someter a la aprobación del Pleno del Consejo la constitución de grupos de trabajo en los términos previstos en el Reglamento Interno;
V. Solicitar expresamente la realización de sesiones extraordinarias del Consejo cuando el asunto lo amerite, y
VI. Realizar las actividades que sean necesarias para el buen funcionamiento del Consejo.
ARTICULO 8. Las funciones del Secretario Técnico del Consejo serán las siguientes:
I. Apoyar al presidente del Consejo y a los consejeros en el ejercicio de sus funciones;
II. Suplir las ausencias del presidente en las sesiones del Consejo;
III. Apoyar al Consejo en la preparación de los temas a tratar, agenda y documentos de trabajo;
IV. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias, redactar las actas correspondientes, así como llevar los registros necesarios para el adecuado funcionamiento del Consejo;
V. Remitir a las unidades responsables de la Secretaría y su sector coordinado, las recomendaciones y observaciones aprobadas por el Consejo;
VI. Dar seguimiento a las recomendaciones que emita el Consejo a la Secretaría e informarlo al propio Consejo, y
VII. Las demás que sean necesarias para desempeñar las funciones que les asignen el presente Acuerdo y el Reglamento Interno del Consejo.
ARTICULO 9. La Secretaría, por medio del Cecadesu, prestará al Consejo la colaboración que requiera para el ejercicio de sus funciones, de conformidad a su disponibilidad presupuestaria.
ARTICULO 10. El Consejo podrá establecer grupos de trabajo para el análisis de temas específicos, así como para la elaboración e integración de opiniones y recomendaciones que serán sometidas a la aprobación del Consejo, se integrarán con un mínimo de tres consejeros.
ARTICULO 11. El Consejo, a propuesta del Secretario Técnico, aprobará el Reglamento Interno que lo regirá, el cual deberá contener como mínimo lo siguiente:
I. Organización y funciones;
II. Objetivos;
III. Reglas sobre la celebración de las sesiones;
IV. Derechos y obligaciones de los consejeros, y
V. Reglas sobre el funcionamiento de los grupos de trabajo.
ARTICULO 12. Las recomendaciones del Consejo se emitirán preferentemente por consenso; en caso de que esto no se logre, se hará por mayoría de votos. Dichas recomendaciones deberán contener una breve exposición de motivos y fundamentos, así como los resolutivos de las mismas;
La aceptación o rechazo de las recomendaciones del Consejo por parte de la Secretaría, sus órganos desconcentrados u organismos descentralizados se hará en términos de lo señalado por el artículo 159 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
ARTICULO 13. El Consejo deberá sesionar de manera ordinaria al menos dos veces al año y, de manera extraordinaria, cuando la mitad más uno de los consejeros lo soliciten o a petición expresa del Presidente del Consejo.
ARTICULO 14. Los asuntos no previstos en el presente Acuerdo serán resueltos por el Consejo de conformidad con su Reglamento Interno. En caso de duda sobre su interpretación, la Secretaría resolverá lo conducente.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Los miembros del Consejo en el primer periodo serán designados por el Titular de la Secretaría y, en lo sucesivo serán elegidos por los sectores organizados enunciados en el artículo 3, fracción III, considerando su pluralidad y liderazgo en el ámbito nacional y de acuerdo con el procedimiento que se detalle en la convocatoria correspondiente que emita la Secretaría.
TERCERO. El Secretario Técnico del Consejo deberá elaborar el proyecto de Reglamento Interno del mismo en un plazo no mayor a seis meses posteriores a la publicación del presente Acuerdo en el DOF, mismo que se someterá a la consideración del pleno en sesión ordinaria.
Dado en la Ciudad de México, a los veintiún días del mes de julio de dos mil nueve.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan Rafael Elvira Quesada.- Rúbrica.

VI CONGRESO IBEROAMERICANO DE EDUCACION AMBIENTAL


VI Congreso Iberoamericano de Educación Ambiental a realizarse del 16 al 19 de septiembre de 2009, en la Ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires


http://www.6iberoea.ambiente.gov.ar/

lunes, 13 de julio de 2009

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"la autenticidad ha sido reemplazada por la copia (dejando así un sustituto para la realidad), nada es Real, y los involucrados en esta ilusión son incapaces de notarlo."


Jean Baudrillard


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Las instalaciones

Campus Universitario de Ciencias Biológicas
Jardín Botánico, Reserva ecológica y Unidad de manejo
y aprovechamiento de vida silvestre.

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martes, 7 de julio de 2009

Un poco de Historia (continuación)



La Red Regional de Educadores Ambientales del Sur sureste funcionó siempre con trabajo voluntario de sus integrantes, y con aportaciones de las instituciones a las cuales pertenecían los y las coordinadoras en cada estado y de otras con las que se gestionaban recursos adicionales, como fue el caso del apoyo financiero gestionado a través de Pronatura Península de Yucatán a la Agencia Internacional para el Desarrollo de la Embajada de Estados Unidos. (US/AID)

De esta forma la Red funcionó por lo general con trabajo voluntario.

El trabajo voluntario es caracterizado por las siguientes ventajas:

- Promueve vínculos entre instituciones

- Contribuye al éxito de los proyectos

- Tiene un carácter cien por ciento social

- Provee elementos de desarrollo personal (aportación a la comunidad, participación enriquecedora, reconocimiento y se incrementan los valores)

- Desarrolla compromisos

- Promueve la democracia a través del consenso

- Permite la multidisciplinariedad

- Favorece la división del trabajo, delegando tares y adquiriendo responsabilidades

- Facilita el logro de los objetivos

- Contribuye al trabajo en equipo.

El voluntariado contribuye como elemento formativo. Sin embargo para el voluntariado se requiere formación. Por lo general se aprovechan los saberes individuales.

Por otro lado una de las estrategias que la Red desarrolló fue la gestión de apoyos para llevar a cabo las diferentes acciones enmarcadas dentro de sus objetivos, aquí se definían los principales elementos a tomar en cuenta para llevar a cabo una buena gestión. Algunas veces con planeación y otras de manera espontánea se hacía una ruta crítica para poder llevar a cabo las gestiones con diversas instituciones, atender compromisos propios de la Red, establecer nuevos contactos y elaborar directorios y materiales de apoyo. Diseñar estrategias de operación y mantener vinculación con instituciones que realizaban EA en la región.

El funcionamiento al interior de la Red consideraba que la tolerancia y el respeto eran ingredientes necesarios para una relación de compañerismo y permanencia en la Red, y se partía de que “nos gustaba hacer lo que hacíamos”, nos reuníamos “por agrado a la actividad de la Red”, por un objetivo y en muchas ocasiones con recursos propios, lo que le daba independencia y flexibilidad a nuestras acciones. Parte importante fueron los esfuerzos de seguimiento y de comunicación.

En la mayoría de las ocasiones surgía un liderazgo natural y se mantenía la empatía, pues los aportes en conocimientos y experiencias en el área eran muy enriquecedores, aunque no existían normas específicas de convivencia y organización en algunas ocasiones se dio el conflicto como grupo de trabajo.

A partir de analizar el estado que guarda la relación de la sociedad con la naturaleza, la forma de producir y consumir. La degradación de los recursos naturales, y por consiguiente la pérdida de biodiversidad, la contaminación del aire y agua, la infertilidad de los suelos y la fragilidad del trópico húmedo, así como la anulación de los saberes indígenas y campesinos en la región, entre otros, la Red se constituye como un movimiento de promoción de la educación ambiental, en un inicio para contribuir a un marco teórico metodológico de la EA, construir relaciones armónicas con la naturaleza, que se analice el nuevo paradigma de desarrollo en un respeto hacia otras especies y a la diversidad cultural. Reconocer la responsabilidad que como sociedad tenemos para prevenir y revertir los problemas ambientales y mejorar la calidad de vida de los habitantes. Con la EA no se resolverán todos los problemas ambientales pero su aportación modesta será fundamental para tener sociedades sustentables.

Para la Red Regional de EA era importante que las acciones que se realizaban en materia de EA tuvieran una articulación y coherencia para ir incorporando la dimensión ambiental en diferentes ámbitos y sectores. Se destacaron esfuerzos para que la EA tuviera presencia en los niveles educativos y en las legislaciones estatales. Como es el caso del Estado de Tabasco en su Ley de Protección Ambiental, en el capítulo V dedicado a la Educación Ambiental, en la que se aborda la importancia de los procesos de formación en las Instituciones de educación superior del estado, los de incorporar la dimensión ambiental en los niveles básico y medio superior, y el de conformar un Programa Estatal de Educación Ambiental (1998).

Productos de la Red

Materiales elaborados durante 1991 a 2000.- 9 Boletines, 6 memorias, 2 directorios así como documentos internos de trabajo y Exposiciones con las que se participó en diversos eventos, entre los que se pueden mencionar los Días mundiales de medio ambiente, y las reuniones de los Consejos Consultivos para el Desarrollo Sustentable de la Semarnap.

Integración del directorio regional.- Existe la última versión elaborada en el 2000 y se encuentra disponible en formato de disco compacto, contiene en total 224 registros por persona y con descripción de actividades, y datos generales del educador ambiental.

Eventos realizados: 6 Reuniones regionales de Educación ambiental

Conexión de una Red electrónica: 2 Conexiones por estado a Internet a través del servidor de Laneta y capacitación de 16 organizaciones.

Aportaciones de la Red.

Si algo se reconoce al movimiento que dio origen a la red y que después generó a su vez una serie de efectos positivos para la educación ambiental en la Región es lo siguiente:

1.-Involucrar organismos del sector educativo, como la Secretaría de Educación, Cultura y Recreación en el gobierno del estado de Tabasco, lo que generó la elaboración de Guías didácticas aplicadas conjuntamente con profesores, y de forma tangencial incorporar a la Educación Ambiental en la Legislación de Protección Ambiental del estado, entre otras ventajas para posicionar a la Educación Ambiental. Así como, finalmente concebir una importante estrategia de Educación Ambiental a través de un Programa Estatal de EA.

2.- Impartir cursos, seminarios y talleres para profesionalizar a los educadores ambientales. Formando en ellos capacidades para el trabajo concreto, en áreas como comunicación, elaboración de programas de educación ambiental, equidad de género, investigación acción participativa, manejo del conflicto, educación ambiental en áreas naturales protegidas, entre otros.

3.- Aportar elementos para sistematizar la experiencia de EA en la región, a través del registro de 6 memorias que recopilan la mayoría de los trabajos presentados a lo largo de casi diez años (1991-1999) con el fin de consolidarla. Y enriquecidos con los trabajos de especialistas en EA a nivel nacional e internacional.

4.- Generar un espacio permanente de intercambio de experiencias, durante casi una década.

5.- Consolidar un grupo multidisciplinario de integrantes que coordinaban en cada una de las entidades, incrementando sus capacidades de gestión, convocatoria y profesionalización de la EA en la región. Los cuales formaron parte de diversos grupos en distintos sectores y niveles que generaron o participaron en diversos programas de Educación Ambiental.

6.- Facilitar entre sus integrantes y participantes avanzar en el trabajo de EA y obtener profesionalización, que en la actualidad está propiciando el que los educadores ambientales que pertenecieron a la Red formen parte en algunas estrategias o políticas de educación ambiental, conformando grupos, o como parte de cuerpos académicos, o liderando organismos de la sociedad civil, muchos de los cuales están participando directamente como responsables en estrategias, políticas públicas y planes estatales de educación ambiental o en los Planes ambientales en las Instituciones de educación superior de la región, o en propuestas de legislación en educación ambiental.

7.- Promover diversos grupos de trabajo de EA, en todos los ocho estados del sur sureste, motivando sus actividades, difundiendo sus resultados, y retroalimentando sus aciertos o consolidando Programas como en los casos del Estado de Veracruz, Yucatán, Quintana Roo, Chiapas, Campeche y Tabasco.

8.- Generar materiales de difusión creando un espacio para los educadores ambientales, con una amplia distribución a nivel nacional.

9.- Haber creado una red electrónica entre los coordinadores estatales, catorce en total en los ocho estados de la región.

10.- Instituir un espacio para mostrar materiales e intercambiar los mismos en cada una de las Reuniones Regionales o cursos y talleres impartidos y coordinados por la Red.

11.- Haber creado sinergias con diversas instituciones educativas, del sector ambiental y educativo, así como con el de turismo y cultural, con instancias académicas, organismos civiles, y empresariales. Y haber integrado a personas pertenecientes a estos sectores en la coordinación de los trabajos de la Red en cada Entidad Federativa.

12.- Gestionar diversos patrocinios para llevar a cabo las reuniones, cursos, talleres, publicaciones y principalmente haber mantenido un financiamiento con una Agencia Internacional por cinco años para contar con una Oficina de Enlace con sede en le estado de Yucatán y con apoyo de Pronatura Península de Yucatán.

13.- Haber sido foro para la expresión e intercambio de experiencias entre diversos profesionales que se dedican a la EA en la región. A través del trabajo sistemático de la red y del registro de experiencias en las Memorias de trabajo, se puede dar seguimiento a proyectos como Eco-Educación en el estado de Veracruz que actualmente se ha consolidado en el Programa de Educación Ambiental incorporado a la Secretaría Educación y Cultura (SEC) del Gobierno del Estado. O en el caso del estado de Oaxaca que el registro de las memorias fueron la base para elaborar el diagnóstico de la EA en el estado para conformar su Programa Estatal de Educación Ambiental coordinado por el Instituto Estatal de Ecología, la Semarnat y la Oficina de la WWF en el estado.

14.- Contar con un Directorio actualizado de los educadores ambientales de la región que reforzó los mecanismos de comunicación y detectó la movilidad de los educadores ambientales en la región sur sureste

15.- Llevar a cabo, como grupo de trabajo, una evaluación imparcial del trabajo realizado, desarrollada por una consultoría en trabajo ambiental comunitario, externa a la red.

Valoración de la Red:

Sin embargo después de casi diez años de trabajo ininterrumpido y de vida activa de la Red, y al hacer una evaluación, que tenía como principal propósito el valorizar fundamentalmente el cumplimiento de los objetivos, la adecuación de los métodos y la medición de los logros y resultados se vislumbran los siguientes aspectos:

• Falta de un mecanismo de seguimiento a las acciones emprendidas y a los acuerdos pactados en cada una de la Reuniones Regionales celebradas. Lo cual permitiría confrontar los datos con los planteamientos del marco de referencia que sustentó el proyecto.
• Protagonismo de algunos de sus integrantes y por consiguiente la búsqueda de intereses personales.

• Falta de profesionalismo a pesar de los esfuerzos de capacitación y formación.

• Preponderar el activismo ante la formación de capacidades en los educadores ambientales.

• Buscar el fortalecimiento sobre el intercambio de experiencias entre distintos equipos, al traducir las diversas acciones a un lenguaje que permitiera encontrar elementos comunes entre ellas y así establecer una mejor comunicación.

• Seleccionar de manera informal a los integrantes o de las agrupaciones que querían pertenecer a la Red.

• Falta de difusión y comunicación en cada uno de los estados pertenecientes a la Red

• Falta de apoyo para formar las redes estatales de educadores ambientales en las 8 entidades federativas que conformaban la Red.

• No contemplar el expandir de manera ordenada y planeada la gestión de recursos financieros, sólo se mantuvo una sola fuente de ingresos.

Ante este panorama en la región sur sureste hay mucho trabajo en educación ambiental realizado, incluso están las condiciones para dar pasos importantes para consolidar el proceso de los educadores ambientales, pero también falta mucho por hacer, entre lo que se puede mencionar:

• Aumentar la formación de especialistas.

• Articular de la Educación ambiental con el proceso de modernización de la educación.

• Promover mayor coordinación y concertación con organismos no gubernamentales, organizaciones comunitarias, así como con los gobiernos municipales.

• Evaluar y dar seguimiento a las estrategias, planes, programas y acciones emprendidas en materia de educación ambiental.

• Diseñar más materiales didácticos, interactivos e informativos.

• Propiciar un mayor acercamiento con la comunidad académica de más instituciones del nivel superior.

• Conformar las redes estatales de educadores ambientales.

Referencias Bibliográficas

Boletín Sihnal. Red Regional de Educadores Ambientales del Sur sureste. Nos. 1-9. Mérida, Yucatán, 1998.

La participación social en la política ambiental del sureste mexicano. (Libro Blanco). Consejo Consultivo para el Desarrollo Sustentable, Región IV. México, PNUD-SEMARNAP, 2000.

Memorias de trabajo de la Red Regional de educadores ambientales del sur sureste, 1ª. hasta la 6ª.


Fuente: Hernández, L. (2005) : 275-286. La profesionalización de los Educadores ambientales hacia el desarrollo humano sustentable. ANUIES-UJAT.